El 31 de diciembre se cierra la puerta
La planificación fiscal de una pyme se hace antes del 31 de diciembre, porque el impuesto se calcula sobre hechos del ejercicio cerrado y después solo queda declarar lo ocurrido. El último trimestre es el momento útil: en abril, cuando llega la declaración, ya no hay ninguna decisión disponible.
Por Fran Vera ·
El artículo
Hay una conversación que se repite todos los años, siempre en primavera, y siempre igual de tarde.
«¿Y no se puede hacer nada?»
No. En abril ya no.
El impuesto mira a un año que terminó
El Impuesto sobre Sociedades grava lo que pasó entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Cuando llega la declaración, meses después, lo único que se hace es contar hechos consumados.
Esa es toda la explicación. Lo que se decide en el último trimestre cambia la cuota. Lo que se decide después, no cambia nada, solo se rellena.
Y la mayoría de las asesorías solo hablan de impuestos en el momento de presentarlos, que es precisamente el único momento del año en el que hablar de impuestos ya no puede cambiar nada, porque el ejercicio lleva meses cerrado y las decisiones caducaron en diciembre.
El calendario que sí funciona
| Cuándo | Qué se hace | Qué se puede cambiar |
|---|---|---|
| Enero a septiembre | Contabilidad al día | Todo, pero aún no hay previsión fiable |
| Octubre-noviembre | Estimación del resultado y decisiones | Es la ventana útil |
| Diciembre | Ejecutar lo decidido | Poco, y con prisas |
| Enero a marzo | Cierre contable | Nada de fondo |
| Abril a julio | Presentar | Nada |
La ventana buena son octubre y noviembre. En ese punto tienes cerrados los nueve primeros meses, la estimación del resultado ya es razonable, y quedan dos o tres meses para ejecutar.
Antes de septiembre estás adivinando. En diciembre estás corriendo.
Qué se revisa en esa ventana
Aquí no hay trucos. Hay una comprobación de que no se está dejando nada por descuido:
Las bases imponibles negativas de años anteriores. Si las hay, se compensan. Es de las cosas que más veces se quedan olvidadas en una carpeta.
Las facturas que faltan por recibir. Trabajos hechos en el ejercicio cuya factura llega en enero. Si el gasto es de este año, es de este año.
Los saldos incobrables. Un cliente que no va a pagar tiene un tratamiento concreto, y arrastrarlo como si fuera a cobrarse distorsiona el resultado y la cuota.
La coherencia entre contabilidad e IVA declarado. Cuatro trimestres de modelos frente a los libros. Cuando no cuadran, es mejor descubrirlo tú.
Las inversiones previstas. Si vas a comprar algo en enero, a veces el ejercicio en el que cae cambia el efecto y a veces no cambia nada, pero la diferencia entre las dos situaciones se sabe mirándolo en noviembre con los números delante, y no se sabe dejando que la fecha de la factura la decida el plazo de entrega del proveedor.
Decidirlo tú.
Y una cosa que no vamos a prometerte
Que vayas a pagar menos.
Puede pasar y pasa a menudo, pero el objetivo no es ese. El objetivo es que en junio no aparezca una cuota que nadie había previsto, cuando el dinero ya se ha gastado en otra cosa.
Una empresa que sabe en noviembre lo que va a pagar puede reservarlo. Una que se entera en junio, lo pide prestado.
Lo mínimo que deberías tener este año
Si no haces nada más, haz esto: pídele a quien lleve tu contabilidad una estimación del resultado a cierre, en noviembre, por escrito.
¿Y si te dice que hasta que no cierre el año no se puede saber?
Entonces ya sabes por qué todos los abriles hay sorpresa, porque una estimación razonable del resultado a cierre se puede hacer en noviembre con nueve meses contabilizados y una previsión sensata del último trimestre (no es adivinar, es sumar), y quien no la hace es porque nadie se la ha pedido nunca.
Pídela.
Preguntas
Preguntas
- ¿Por qué no sirve planificar en abril?
- Porque el Impuesto sobre Sociedades grava lo que ocurrió durante el ejercicio, y el ejercicio terminó el 31 de diciembre. En abril se rellena un formulario con hechos consumados. Todas las decisiones que movían la cifra había que tomarlas antes del cierre.
- ¿Cuándo hay que empezar a mirarlo?
- En octubre o noviembre, con los datos cerrados hasta septiembre. Ese momento da una estimación fiable del resultado y deja dos o tres meses para actuar. Antes de septiembre la previsión es floja y en diciembre ya no da tiempo a ejecutar casi nada.
- ¿Planificación fiscal es lo mismo que pagar menos impuestos?
- No. Es tomar con tiempo las decisiones que la ley permite en lugar de tomarlas por defecto. A veces el resultado es pagar menos, a veces es pagar lo mismo pero sin sustos de tesorería, y a veces es descubrir que hay que provisionar dinero para una cuota que nadie esperaba.
- ¿Qué es lo que más veces se pasa por alto?
- Las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, las facturas pendientes de recibir de proveedores y la coherencia entre lo contabilizado y lo declarado en IVA a lo largo del año. Son revisiones sin coste que cambian la cuota final.
- ¿Esto vale también para autónomos?
- Sí, con otro calendario mental. En estimación directa el resultado del año también se cierra el 31 de diciembre, y decisiones como una inversión, una aportación a un plan de pensiones o el momento de emitir una factura tienen efecto distinto según el año en el que caigan.
- ¿Cuánto cuesta hacer esto bien?
- Menos que la mayoría de los sustos que evita. Una revisión de cierre en una pyme pequeña son unas horas de trabajo en el último trimestre, y la alternativa habitual no es ahorrar ese coste: es enterarse de la cuota en junio, cuando ya no se puede repartir.
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Este artículo lo explica. Si lo que necesitas es que alguien se ocupe, está en asesoría fiscal en almería.